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CIDH insta a Estados a que no se promuevan medidas para evitar acogida de venezolanos

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La Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por el gran número de venezolanos que se han visto forzados a migrar a otros países de la región debido a la escasez de alimentos, medicamentos y tratamientos médicos insta a Gobiernos a que se promuevan medidas legales que beneficien a los solicitantes de refugio procedentes de Venezuela.

Ante la falta de canales legales, regulares y seguros para migrar, muchas personas recurren a la migración irregular, a través de riesgosas rutas terrestres y marítimas, indica el organismo a través de un comunicado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados Miembros de la OEA a adoptar medidas para reforzar los mecanismos de responsabilidad compartida con relación a la situación de los migrantes venezolanos, a la vez que les insta a no adoptar medidas que limiten o vulneren los derechos humanos de los migrantes y de los solicitantes de refugio procedentes de Venezuela.
Con relación al aumento de la migración de personas venezolanas a los países de la región, la Comisión insta a los Estados de la región a adoptar medidas tendientes a brindar un trato humanitario y respuestas de protección internacional a personas procedentes de Venezuela a través de la protección de los refugiados, a aplicar regímenes de visas humanitarias, a aplicar regímenes de protección temporal por razones humanitarias, así como aplicar otras alternativas de regularización con base en la normativa migratoria nacional y regional.
La CIDH condena actuaciones como la de Brasil, en la que el pasado 9 de diciembre deportaron a aproximadamente 450 inmigrantes venezolanos, en su mayoría indígenas del Pueblo Indígena Warao, entre los que se encontraban hombres y mujeres, así como más de 180 niños y niñas, incluyendo recién nacidos que fueron trasladados hasta la ciudad de Santa Elena de Uarién, en donde serían entregadas a las autoridades migratorias de Venezuela.
A los indígenas Warao no se les habría permitido exponer sus circunstancias individuales y colectivas ni establecer contacto con miembros de la Pastoral y otras organizaciones de la sociedad civil que deseaban orientarlos y darles asistencia legal, manifiesta el organismo a través de un comunicado.
Ante estos hechos, la Defensoría Pública de la Unión (DPU) de Brasil presentó un recurso de habeas corpus con solicitud de medida cautelar, a efectos de detener la expulsión colectiva de las personas migrantes venezolanas, por violar estos hechos la Constitución de la República y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El Tribunal Federal sentenció una medida cautelar en la que ordenaba asegurar el derecho a permanecer en el país a la colectividad de venezolanos hasta que se haya proferido la decisión final en un proceso administrativo en el que se garantice el debido proceso legal.
El 10 de diciembre de 2016 se detuvo la deportación de las personas migrantes venezolanas. La Comisión destaca la importancia de las medidas emprendidas por la Defensoría Pública de la Unión y la decisión del Tribunal Federal como medidas ejemplares a efectos de salvaguardar los derechos humanos de las personas migrantes venezolanas.

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